TRIBUNAL DE APELACIONES DE LONDRES FALLÓ OTRA VEZ CONTRA EL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA POR CASO DEL ORO
El Tribunal de Apelaciones de Londres, en el Reino Unido, rechazó este viernes 30 de junio un recurso introducido por la junta del Banco Central de Venezuela, contra un fallo emitido por la justicia británica el 29 de julio de 2022, en la que se dio la custodia del oro depositado en el Banco de Inglaterra a la junta ad hoc del BCV que fue nombrada por el usurpador Juan Guaidó.
Los jueces del Tribunal de Apelaciones de Londres desestimaron el recurso del Banco Central de Venezuela en el que se cuestionaba que la jueza Sara Cockreill no consideró válidas las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, en las que declaraban nulos los nombramientos de la Asamblea Nacional de 2015 sobre las instituciones, entre ellas la junta ad hoc del ente emisor.
A juicio de los magistrados, la jueza Cockreill tuvo una decisión acertada de descartar los dictámenes del Tribunal Supremo de Justicia venezolano porque aceptarlas habría violado el precepto inglés de: una sola voz; que es aquella doctrina en que el Gobierno y la justicia deben actuar en consonancia en política exterior.
Según los magistrados, se constató que, en el momento en que Juan Guaidó -quien se encuentra en Estados Unidos tras huir de Venezuela, nombró a los miembros de su junta ad hoc del Banco Central, el Gobierno del Reino Unido lo reconocía como presidente interino del país.
Los jueces concluyen que las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia venezolano que anulan las decisiones de Guaidó, no pueden ser reconocidas ni aplicadas por los tribunales del Reino Unido porque hacerlo entraría en conflicto con la opinión del Ejecutivo británico de ese momento.
El dictamen de hoy señala que corresponderá al Tribunal Comercial determinar el curso futuro de este litigio, a la luz del cambio de panorama resultante del hecho de que el Gobierno de Su Majestad británicaa ya no reconoce al usurpador Juan Guaidó como presidente interino de Venezuela, figura que no está establecida en ningún artículo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

